Como propietario de una propiedad, seguramente le interesa asegurarse de que la altura del nuevo muro de su jardín coincida con la apariencia general de su propiedad. Sin embargo, también hay que respetar las normas legales que especifican la altura que puede tener la pequeña estructura. Por último, pero no menos importante, conviene llegar a un acuerdo con los vecinos, porque un muro demasiado alto siempre provoca discordia entre los vecinos.
¿Qué altura puede tener el muro de un jardín?
La altura del muro de un jardín está regulada de manera diferente en todo el país y depende de las normas de construcción estatales y los planes de desarrollo locales. Las alturas habituales oscilan entre 40 y 90 centímetros para los límites simbólicos y 180 centímetros para los muros de privacidad.
La altura máxima
Esto está regulado de manera inconsistente en todo el país. Además de las normas estatales de construcción aplicables, cada municipio puede emitir sus propias normas, que puede encontrar en el plan de desarrollo local.
Sin embargo, existen pautas que puedes seguir:
- Las paredes que representan una frontera simbólica pueden tener entre 40 y 90 centímetros de alto.
- Para las paredes de privacidad, una altura de 180 centímetros suele ser el límite superior.
Además, según el estado federado, se debe mantener una distancia mínima con los inmuebles vecinos.
Muro de jardín directamente en el límite de la propiedad
En este caso se aplica la ley de vecindad. También en este caso las exigencias locales difieren en cuanto a la altura del muro del jardín. Si esto sirve para vallar la propiedad, en la mayoría de los estados federales la altura debe ser de al menos 120 centímetros y como máximo 180 centímetros.
En su estado federal, sin embargo, la cantidad permitida o requerida puede diferir de estos valores. Además, cada municipio podrá tener su propia normativa.
Es mejor hablar con los vecinos con antelación
A algunas personas les resulta molesto cerrar parcialmente la propiedad. Por lo tanto, en casi todos los estados federales se debe obtener el consentimiento por escrito de los residentes inmediatos antes de construir el muro del jardín.
Si aceptan la construcción, el muro puede incluso exceder las dimensiones máximas. Sin embargo, si el vecino no está de acuerdo, por ejemplo porque no quiere que se proyecten sombras a través del muro del jardín, tendrá que renunciar a la protección visual deseada.
El muro debe ser “local”
Un aspecto importante para la aprobación del municipio es la “costumbre local. Esto significa que el aspecto del muro debe corresponder al vallado predominante en un entorno delimitable. Sin embargo, es posible que se produzcan desviaciones, de lo contrario habría uniformidad y no existirían costumbres locales.
Consejo
Siempre es recomendable visitar la autoridad de construcción local antes de levantar el muro del jardín. Allí no sólo podrá conocer las normas vigentes en su lugar de residencia, sino también presentar directamente una solicitud de construcción.